Obligatorio a partir del 17 de octubre de 2026
El prefijo 400 es el nuevo rango de numeración obligatorio para identificar las llamadas comerciales salientes de las empresas, exigido por la Ley 10/2025 de Atención a la Clientela (Ley SAC). Es una numeración exclusivamente saliente, pensada para que cualquier persona identifique una llamada comercial antes de descolgar.
A partir del 17 de octubre de 2026, los operadores bloquearán las llamadas comerciales que no salgan desde un número de este rango. Solicita tu numeración 400 y la tramitaremos por orden de llegada en cuanto se confirme disponibilidad.
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El prefijo 400 es un nuevo rango de numeración de nueve dígitos, creado específicamente para identificar las llamadas comerciales salientes de las empresas. Nace del artículo 16.3 de la Ley 10/2025 de Atención a la Clientela (Ley SAC), desarrollado por la resolución publicada en el BOE el 16 de abril de 2026.
Es exclusivamente saliente: quien recibe la llamada no puede devolverla a ese número, precisamente para evitar fraudes por devolver la llamada a un número desconocido. A partir del 17 de octubre, los operadores bloquearán las llamadas comerciales que no salgan desde un número de este rango.
Afecta a las empresas y autónomos que cumplen dos condiciones a la vez:
La llamada es comercial: captación, venta, renovación de contrato, retención, upselling o cross-selling, tanto a clientes nuevos como a los que ya tienes.
La empresa está dentro del ámbito de la Ley SAC: presta un servicio básico de interés general (agua, gas, electricidad, transporte, servicios postales, comunicaciones electrónicas o servicios financieros), sea cual sea su tamaño, o bien supera 250 trabajadores, 50 millones de facturación o 43 millones de balance, en cualquier otro sector.
Sea cual sea la forma en la que tu empresa gestiona hoy sus llamadas salientes (centralita física tradicional, troncal SIP, etc.), la numeración 400 te afecta igual, siempre que tu empresa tenga obligación de incorporarlo según los criterios anteriores.
Puedes ver la explicación completa, con ejemplos, en nuestro artículo sobre el prefijo 400.
No. Son numeraciones con funciones distintas, y una no sustituye a la otra. Tu número 900 (o el 800, o tu numeración geográfica) sigue siendo el que corresponde para todo lo que sea atención al cliente: dudas, incidencias, soporte, reclamaciones. El 400 se añade específicamente para las llamadas comerciales salientes.
Si tu empresa hace las dos cosas (atiende a clientes y también hace prospección o venta telefónica), vas a necesitar las dos numeraciones funcionando en paralelo, cada una para su propósito.
Si tu actividad es la prospección telefónica a gran escala, esta normativa te afecta de lleno: buena parte de tu operativa depende de llamadas comerciales salientes.
La llamada es comercial: captación, venta, renovación de contrato, retención, upselling o cross-selling, tanto a clientes nuevos como a los que ya tienes.
La empresa está dentro del ámbito de la Ley SAC: presta un servicio básico de interés general (agua, gas, electricidad, transporte, servicios postales, comunicaciones electrónicas o servicios financieros), sea cual sea su tamaño, o bien supera 250 trabajadores, 50 millones de facturación o 43 millones de balance, en cualquier otro sector.
Si gestionas varias campañas o líneas de negocio desde una misma operativa, podemos ayudarte a organizar qué numeración 400 corresponde a cada una.
A partir del 17 de octubre, las llamadas comerciales que no salgan desde un número 400 quedarán bloqueadas por el operador de quien las reciba. La llamada, sencillamente, no se completa.
Además, seguir haciendo llamadas comerciales sin la numeración adecuada después de esa fecha supone un riesgo reputacional para tu empresa, y te expone a la supervisión de la CNMC sobre el cumplimiento de la Ley SAC.
01
Rellenas el formulario con los datos de tu empresa
02
Te avisamos en cuanto se confirme disponibilidad
03
Tramitamos tu solicitud por orden de llegada
04
Activamos el número en tu centralita
¿Por qué solicitarla ahora? La numeración se asigna por orden de solicitud, y existe la posibilidad de que el primer lote se agote rápido. Cuanto antes dejes tu solicitud lista, antes podremos tramitarla en cuanto se confirme disponibilidad.
Un nuevo rango de numeración de nueve dígitos, obligatorio para llamadas comerciales a partir del 17 de octubre de 2026, pensado para que se identifiquen como tales antes de descolgar.
A las empresas que hacen llamadas comerciales (venta, renovación, retención…) y que además están dentro del ámbito de la Ley SAC, por prestar un servicio básico o superar ciertos umbrales de tamaño. Puedes verlo en detalle más arriba.
Rellena el formulario con tus datos y gestionaremos tu solicitud en cuanto se confirme disponibilidad, por orden de llegada. La asignación inicial será limitada, así que recomendamos solicitarla cuanto antes.
Los operadores bloquearán esas llamadas: no llegarán a completarse. Además, puede suponer un riesgo reputacional para tu empresa y exposición a la supervisión de la CNMC sobre el cumplimiento de la Ley SAC.
No, solicitar tu numeración 400 no tiene coste ni compromiso de contratación.
No podemos darte una fecha exacta: depende de cuándo se confirme disponibilidad a partir del 17 de octubre. En cuanto lo sepamos, te avisamos.
Es un escenario posible. Si ocurre, tu solicitud queda en cola para la siguiente asignación, y te mantenemos informado.
Adelántate y solicita tu numeración 400 ya con Ubunet.
O llámanos: 910 480 000 · hola@ubunet.es
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